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La gallina y el huevo (de la serpiente)

Cuando un proyecto gubernamental requiere más de tres explicaciones en la mañanera, es que algo anda mal. Y peor si quien explica lo que la presidenta quiere decir no es la autora de lo que pretende explicar.

Sin mediar análisis previo, discusión o consulta ciudadana previos, en la mañanera del pasado 28 de julio, la consejera jurídica presentó, en diapositivas de power point, el proyecto de “Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias”. El martes 4 de este mes reapareció en el mismo escenario para defender lo que ella no escribió, y de paso denunciar la enésima supuesta campaña mediática en contra del gobierno y la 4T

Ignoro si existe tal campaña mediática. Lo que sí sé es que, con sus “lineamientos”, el gobierno pretende tener una vía expedita para censurar a los medios de comunicación, empezando por la TV y la radio. Si tienen éxito más pronto que tarde extenderán la censura a la prensa, impresa y digital, diarios y revistas.

Aunque el proyecto fue presentado con el logotipo de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, dependencia de la secretaría del gobierno denominada “Agencia de Transformación Digital”, el titular de esta última ha brillado por su ausencia. Los reflectores los acapara la consejera jurídica.

Ubiquemos el origen de este intento del régimen de la 4T por censurar y acallar la crítica en los medios de comunicación, empezando por hacer notar que tiene lugar a unos días del inicio formal del proceso electoral.

En noviembre de 2015 se promulgó la Ley reglamentaria del primer párrafo del artículo 6º de la Constitución, en materia del derecho de réplica, que sin mayores cambios sigue vigente hasta la fecha. Conozco esa ley por haber participado en su elaboración. En ella no existe disposición alguna sobre los llamados “lineamientos para la protección de las audiencias”, término que aparece, de manera bastante despatarrada, hasta julio de 2025, en la “Ley en materia de telecomunicaciones y radiodifusión”.

Quizá para contrarrestar las críticas por la desaparición del IFT autónomo, y el traslado de sus facultades a una dependencia del gobierno, los autores de la nueva Ley de telecomunicaciones y radiodifusión incluyeron en ella un capítulo al que titularon "Derechos de las Audiencias". No fue una novedad. El capítulo de marras pasó de noche, hasta que alguien en Palacio Nacional lo iluminó. Podría ser el fundamento para acallar la crítica hacia el gobierno y su partido.

En esa ruta, los autores del proyecto de lineamientos adaptaron a su conveniencia lo que dice la ley antes citada. Transcribo a la letra el párrafo final de su artículo 250:

Los concesionarios de radiodifusión o de televisión o audio restringidos deberán expedir Códigos de Ética con el objeto de proteger los derechos de las audiencias. Los Códigos de Ética se deberán ajustar a los lineamientos que emita la Comisión, los cuales deberán asegurar el cumplimiento de los derechos de información, de expresión, de buscar, recibir y difundir información e ideas en términos de lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución. Los lineamientos que emita la Comisión deberán garantizar que los concesionarios de uso comercial, público y social cuenten con plena libertad de expresión, libertad programática, libertad editorial y se evite cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos.

En buena lógica, los “lineamientos” (sin apellido) anteceden a los códigos de ética, sus destinatarios son los concesionarios de radio o TV, a los que deben dar los lineamientos base para que cada concesionario expida el que le corresponde, en el que se contendrán las medidas y medios para la protección de los derechos de las audiencias. En el dilema de la gallina y el huevo, lo que no es admisible es que el huevo sea de la serpiente. Lo lineamientos (sin apellido) anteceden a los códigos de ética, pero no los sustituyen ni determinan sus contenidos específicos.

Más aún, la parte final del mismo párrafo citado es clara y tajante respecto de las garantías que los “lineamientos” (sin apellido) deberán garantizar a los concesionarios de TV y radio para el ejercicio pleno de la “libertad de expresión, libertad programática, libertad editorial y evitar cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos”. Agrego que lo último incluye impedir la autocensura que el gobierno pretende imponer a los concesionarios y a través de éstos a los noticieros en esos medios, a sus conductores, reporteros y editorialistas, para luego extenderla a los diarios y revistas, impresos y digitales.

En suma, es evidente que la ley no autoriza la expedición de los mal llamados “Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias” que la titular de la Consejería Jurídica ha presentado. Esa protección corresponde directamente, por mandato de la ley que la presidenta de México inició y promulgó, a los concesionarios de TV y radio, siguiendo los lineamientos que, para proteger el ejercicio de las libertades señaladas en el párrafo final del citado artículo 250, deberá emitir la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

Si en Palacio quieren un posible título para un proyecto que se apegue a la ley sugiero: “Lineamientos para el ejercicio pleno de la libertad de expresión, libertad programática, libertad editorial y evitar cualquier tipo de censura previa en la TV y radio

¿O estamos ante los lineamientos para el huevo de la serpiente?


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Jorge Alcocer V.

Director fundador de Voz y Voto.


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