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VPG: distorsiones y desafíos

La violencia política contra las mujeres en razón de género es una de las batallas más importantes para hacer realidad la participación política de las mujeres en México. La figura legal no surgió como una categoría jurídica para proteger susceptibilidades, evitar críticas o blindar trayectorias políticas, sino porque desde la negación del reconocimiento del derecho a votar y ser electas se ejerció violencia política contra las mujeres, y desde entonces muchas mujeres han sido amenazadas, excluidas, ridiculizadas, presionadas para renunciar, despojadas de recursos, impedidas para ejercer el cargo, agredidas sexualmente, atacadas en su vida privada o sometidas a campañas de desprestigio por el hecho de ser mujeres y participar en la vida pública.

Nombrar esa violencia fue indispensable. La política se construyó durante mucho tiempo con reglas pensadas por hombres y para hombres: como un espacio “duro” donde, supuestamente, hay que estar dispuesto a “tragar sapos”, aguantar agresiones, vivir disponible 24/7 y aceptar que la descalificación, el hostigamiento o la violencia forman parte del costo de competir. Bajo esa lógica se normalizó que las mujeres pagaran un costo adicional por entrar a espacios históricamente masculinizados. La disputa no era solo llegar a una candidatura o a un cargo; era también poder ejercerlo con libertad, autoridad y sin tener que demostrar, una y otra vez, que tenían derecho a estar ahí.

Por eso la reforma de 2020 sobre violencia política contra las mujeres en razón de género fue un punto de inflexión. Al reconocerla legalmente, el Estado mexicano —con el impulso de mujeres organizadas para concretar la reforma— dejó de tratarla como un conjunto de casos aislados y la colocó en el centro de los derechos político-electorales. La definición legal permitió identificar conductas, autoridades competentes, procedimientos, sanciones y medidas de reparación. También abrió paso al Registro Nacional de Personas Sancionadas administrado por el INE, que concentra las resoluciones dictadas por distintas autoridades en esta materia. De acuerdo con información institucional, el registro acumulaba 476 casos y 432 personas inscritas con corte al 10 de marzo de 2026. 

Ese avance no fue menor. La violencia política contra las mujeres en razón de género dejó de ser una denuncia social sin cauce y se convirtió en una infracción, un delito, una falta sancionable y una causa de inelegibilidad en determinados supuestos. Pero, como ocurre con toda figura jurídica que nace para corregir desigualdades profundas, su consolidación exige cuidado. No es la primera vez que, frente a avances legales impulsados por las mujeres, el patriarcado encuentre la manera de darle la vuelta o incluso usarlo en su contra. Si la figura legal se aplica de manera débil, sin consecuencias efectivas, se vuelve inútil. Si se usa de manera indiscriminada, se desvirtúa. En ambos extremos pierden las mujeres.

Hoy enfrentamos una paradoja. Por un lado, persisten formas de violencia política contra las mujeres: amenazas, agresiones digitales, ataques sexualizados, campañas de desprestigio, presiones partidistas, obstaculización del cargo, exclusión de decisiones y violencia institucional. Por otro lado, comienza a observarse una tendencia preocupante: llamar violencia política en razón de género a cualquier crítica, desacuerdo o conflicto político que involucre a una mujer. Ese uso expansivo puede parecer, en un primer momento, una forma de protección; pero en realidad debilita la fuerza de la categoría y puede generar un efecto contrario al que se buscaba.

La política democrática supone debate, confrontación de ideas, crítica pública y escrutinio. Las mujeres que participan en política no deben quedar exentas de rendir cuentas, de ser cuestionadas por sus decisiones o de recibir críticas por su desempeño en el marco de sus responsabilidades. La libertad de expresión protege la crítica fuerte, incómoda e incluso severa cuando se dirige a evaluar actos públicos, decisiones institucionales o posiciones políticas. Pero una cosa es exigir cuentas y otra muy distinta es usar la crítica como vehículo para reproducir violencia de género. También puede haber violencia política cuando los dichos se sacan de contexto, se manipulan o se presentan de manera distorsionada para desacreditar a una mujer por razones de género, minar su autoridad, poner en duda su capacidad o desplazar la discusión hacia su vida privada, su cuerpo, su maternidad, su carácter o su forma de ejercer liderazgo. 

Lo que debe sancionarse no es la crítica, sino la violencia basada en elementos de género: aquella que reproduce estereotipos, sexualiza, humilla, amenaza, ridiculiza, niega capacidad por ser mujer, impide ejercer derechos o busca expulsar a las mujeres del espacio público. La diferencia es fundamental: sin libertad de expresión no hay democracia, pero sin límites frente a la violencia de género tampoco hay participación política en igualdad.

El Tribunal Electoral había sido claro en esa distinción. La jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior establece elementos para identificar la violencia política de género en el debate político. No toda expresión dura o crítica incómoda actualiza la infracción. Para acreditarla debe analizarse el contexto, el impacto en derechos político-electorales, el elemento de género, la afectación diferenciada y la finalidad o resultado de menoscabar el ejercicio de los derechos políticos de una mujer. Este estándar es importante porque protege a las mujeres sin cancelar la deliberación democrática. 

El problema, entonces, no es que existan muchas denuncias. En un país donde la violencia contra las mujeres ha sido histórica y normalizada, es esperable que al abrirse cauces institucionales aparezcan más casos. El problema es que las autoridades no siempre se apegan a sus criterios por intereses políticos y no distinguen con suficiente rigor entre violencia política de género, conflicto político, crítica legítima, debate público y disputas internas de poder. Cuando todo se nombra igual, se pierde capacidad para sancionar conductas que buscan limitar efectivamente los derechos políticos-electorales de las mujeres. Pero en todo caso, ese uso no es un problema de las mujeres, sino de los intereses políticos que pretenden instrumentalizar la figura de violencia política contra las mujeres en razón de género para otros fines que no son garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos políticos libres de violencias.

También hay que decirlo: no toda denuncia infundada es necesariamente de mala fe. Muchas veces expresa la falta de claridad sobre la figura, la ausencia de asesoría adecuada o el intento de encontrar protección en un sistema político hostil. Pero también puede haber usos estratégicos, instrumentales o facciosos de la categoría. Negarlo sería ingenuo. La defensa de los derechos de las mujeres exige seriedad, no automatismos. Requiere escuchar a las víctimas, pero también investigar con rigor; aplicar perspectiva de género, y también garantizar el debido proceso; sancionar la violencia política contra las mujeres, y no convertir la figura en herramienta para inhibir la crítica o beneficiar otros intereses ajenos a los derechos políticos de las mujeres.

Rumbo al proceso electoral 2026-2027, este desafío será mayor. México llegará a esa contienda con más mujeres compitiendo, gobernando, legislando y dirigiendo espacios públicos que en cualquier otro momento de su historia. La paridad modificó el mapa de la representación. Pero la mayor presencia de mujeres también ha provocado resistencias. La violencia política no desaparece porque haya más mujeres; muchas veces se transforma e incluso se profundiza. Se vuelve más digital, más simbólica, más partidista, más sofisticada. Se expresa en campañas de desprestigio, fake news, amenazas, ataques coordinados, uso de imágenes íntimas, cuestionamientos sobre maternidad, apariencia, vida personal o supuesta incapacidad para ejercer autoridad.

Por eso, el reto no es reducir la protección, sino mejorarla. Las autoridades electorales, los partidos, los tribunales, los medios y las plataformas digitales deben fortalecer criterios claros. Se necesita capacitación seria, no simulada; análisis contextual, no respuestas automáticas; medidas de protección oportunas; sanciones proporcionales; reparación integral; y resoluciones que expliquen con claridad cuándo sí hay violencia política contra las mujeres en razón de género y cuándo no. La certeza también protege.

También hace falta fortalecer mecanismos institucionales de defensoría pública para los derechos político-electorales de las mujeres. No todas las mujeres que enfrentan violencia política tienen redes, recursos, asesoría jurídica o capacidad para sostener litigios largos frente a partidos, autoridades o agresores con poder. La protección no puede depender de que una mujer conozca el sistema electoral, encuentre abogadas especializadas o logre visibilizar su caso en medios. Se requieren defensorías con perspectiva de género accesibles, especializadas y con capacidad real para acompañar denuncias, solicitar medidas de protección, dar seguimiento a resoluciones y evitar que las mujeres queden solas frente a estructuras que muchas veces son las mismas que las violentan.

Los partidos políticos tienen una responsabilidad central. Muchas violencias no vienen de adversarios externos, sino de las propias estructuras partidistas: negar recursos, imponer candidaturas sin apoyo, simular competitividad, bloquear liderazgos, condicionar trayectorias o castigar la autonomía política de las mujeres. No basta con cumplir la paridad en la boleta si después se reproduce la desigualdad en la toma de decisiones. 

También los medios y la opinión pública deben revisar sus prácticas. La crítica política es indispensable, pero no puede descansar en estereotipos. A un hombre se le cuestiona una decisión; a una mujer se le cuestiona el carácter. A un hombre se le acusa de ambicioso; a una mujer, de histérica, ingrata, mandona o incapaz. A un hombre se le debate políticamente; a una mujer se le juzga por su cuerpo, su edad, su maternidad o su vida privada. Esa diferencia es violencia simbólica cuando tiene por objeto o resultado deslegitimar su participación pública.

Defender la figura de violencia política contra las mujeres en razón de género exige, paradójicamente, evitar que se desvirtúe. No porque sea un tema menor, sino porque es demasiado importante. Si todo es violencia política, nada termina siéndolo con claridad. Y si la categoría se banaliza, quienes siempre se opusieron a ella encontrarán argumentos para desmantelarla o reducirla a una exageración feminista.

La ruta debe ser otra: sostener la figura, fortalecer sus criterios, cerrar la puerta a usos oportunistas y, al mismo tiempo, no retroceder ni un paso en la protección de las mujeres. La democracia necesita mujeres participando en libertad, pero también necesita debate público fuerte. Ambas cosas son compatibles. Lo que no es compatible con la democracia es que la crítica se convierta en violencia de género, ni que la denuncia de violencia política contra las mujeres se use para clausurar toda crítica.

A siete años de la paridad en todo y a seis de la reforma legal en violencia política contra las mujeres, México tiene un reto de segunda generación. Ya no basta con reconocer el problema ni con abrir procedimientos. Ahora hay que construir estándares más finos, instituciones más capaces y una cultura política que distinga entre conflicto democrático y violencia de género. Esa distinción será clave rumbo a 2027.

La finalidad de sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género no es acumular nombres de sancionados en un registro. El objetivo de fondo es inhibir la violencia, modificar prácticas políticas que han excluido a las mujeres y generar condiciones reales para que puedan participar, competir, decidir y ejercer cargos públicos en igualdad. La sanción importa, pero no como fin en sí mismo, sino como parte de una garantía más amplia: que la representación sustantiva de las mujeres no se limite a ocupar espacios, sino a ejercerlos con libertad, autoridad, seguridad y capacidad efectiva de incidir en las decisiones públicas.


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Martha Tagle Martínez

Política feminista mexicana. Consultora en Género y DDHH. Experta en tejer redes y articular causas. Profesora en la UNAM en materias de Gobierno, DDHH y Ética.


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